Las empresas disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores cuyo importe se obtiene al aplicar a la cuantía ingresada por cada empresa el año anterior, en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje que anualmente se establece.
El porcentaje de bonificación queda marcado por el tamaño de la empresa. Como tamaño de la empresa se tomará el dato de plantilla media existente entre el mes de diciembre de un año y el de noviembre del siguiente. Por otra parte se nos garantiza un crédito mínimo de bonificación que es de 420 euros por año y las pymes tienen prioridad de acceso junto a trabajadores con baja cualificación, mujeres, mayores de 45 años y personas con discapacidad.
Para las empresas que realicen acciones formativas y permisos individuales de formación se ha desarrollado una Aplicación que les permite comunicar el inicio y finalización de las mismas, como establece la Orden Ministerial que las regula. Puede acceder a partir de este enlace y calcular el créditos que puede destinar a acciones formativas.